|
PENITENCIARÍA APOSTÓLICA
Prot. N. 95/05/I
DECRETO
LA PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, en virtud de las facultades
que le han sido concedidas especialísimamente por Benedicto
XVI, Papa por Providencia divina, Santísimo Padre y Señor
nuestro en Cristo, concede benignamente al Eminentísimo
y Reverendísimo Señor Juan Luis Cardenal de la Santa
Romana Iglesia Cipriani Thorne, con el título de San Camilo
de Lellis, Arzobispo Metropolitano de Lima, Primado del Perú,
que el día del cuarto centenario del ingreso de Santo Toribio
de Mogrovejo, Obispo de Lima, en la patria celestial, u otro día
que se ha de determinar según la utilidad de los fieles,
después de haber ofrecido el divino Sacrificio, imparta
a todos los Obispos, presbíteros, diáconos, religiosos
y fieles cristianos presentes, que con el ánimo apartado
totalmente del afecto al pecado hayan tomado parte en dicha acción
sagrada en la Basílica de la Iglesia Primada, la Bendición
Papal, con la correspondiente Indulgencia Plenaria, que será
lucrada bajo las condiciones habituales (Confesión Sacramental,
Comunión Eucarística y oración por las intenciones
del Sumo Pontífice), permaneciendo íntegra la facultad
de poder impartir en el año las otras tres que señala
el derecho común.
Los fieles cristianos que hayan recibido devotamente la Bendición
Papal, aunque por una circunstancia razonable, no hayan estado
presentes físicamente en las ceremonias sagradas, con tal
que las hayan seguido con piadosa intención mientras eran
difundidas por televisión o radio, podrán ganar
la Indulgencia Plenaria, cumplidas las normas del derecho.
No obstante cualquier norma contraria.
Dado en Roma, en la sede la de Penitenciaría Apostólica,
el día 28 del mes de enero del año 2005.
Card. James Francis STAFFORD
Penitenciario mayor
Gianfranco GIROTTI, o.f.m. conv
Regente
PENITENCIARÍA APOSTÓLICA
Prot. N. 51/05/I
DECRETO
El Beatísimo Padre Benedicto XVI, Papa por Providencia
divina, ha tomado conocimiento de la laudable iniciativa por la
que el Eminentísimo Sr. Juan Luis Cardenal Cipriani Thorne,
Arzobispo Metropolitano de Lima, sede Primada del Perú,
con la conformidad de todos los Obispos de su jurisdicción,
ha establecido que se ha de celebrar con solemnes ceremonias el
próximo cuarto centenario del fallecimiento, más
aún del ingreso en la patria celestial, de Santo Toribio
de Mogrovejo; y al mismo tiempo, dando gracias a Dios, recordar
el cincuenta aniversario de la fundación de la Conferencia
Episcopal Latinoamericana la cual va a celebrar en la ciudad de
Lima su asamblea general, por el hecho de haber concurrido esta
circunstancia.
El desempeño de la misión y de la actividad episcopal
realizada por Santo Toribio, tuvo tanto mérito y significación,
que ha de ser considerado Apóstol no sólo de la
Arquidiócesis de Lima y de todo el Perú, sino también
de casi toda América Latina: cuando recorrió infatigablemente
los inmensos territorios confiados a su oficio pastoral, él
mismo cuidó de enseñar el Evangelio, dio sapientísimas
leyes de régimen eclesiástico, promovió la
conversión cristiana de sus fieles; sobre todo disponiendo
que se administren abundante y debidamente los sacramentos, bien
administrándolos él mismo, bien a través
de los sacerdotes; pidiendo con abundantes oraciones el don dado
por Dios de las vocaciones sacerdotales que deben ser custodiadas
cultivándolas con el adecuado esfuerzo y embelleciéndolas
con las ciencias sagradas. Al mismo tiempo, Santo Toribio fue
defensor de los derechos de los pueblos indígenas de América
y eficaz defensor de la paz entre ellos y los ciudadanos nacidos
de España.
Consideradas detenidamente todas estas cosas, Su Santidad ha resuelto
conceder su alabanza a las futuras celebraciones y hacerlas más
gratas a los fieles mediante el don de la Indulgencia plenaria,
siempre estímulo seguro para una más plena conversión
a Dios, para un cultivo más generoso de las virtudes, y
para una fidelísima adhesión a la Santa Iglesia
Católica Romana.
Así pues, con la Autoridad Apostólica, esta Penitenciaría
concede benignamente por el presente Decreto Indulgencia Plenaria,
cumplidas debidamente las condiciones acostumbradas (Confesión
sacramental, Comunión eucarística y Oración
por las intenciones del Sumo Pontífice), con la detestación
de todo afecto a cualquier pecado, que podrán ganar todos
y cada uno de los fieles que visiten devotamente los templos señalados
más abajo, y allí participen atenta y religiosamente
en una ceremonia jubilar, o en un ejercicio piadoso en honor de
Santo Toribio, Obispo, o se dediquen a meditar piadosas consideraciones
durante cierto tiempo, concluyendo con la recitación o
canto de la Oración Dominical y del Símbolo de los
Apóstoles y una invocación de Santo Toribio:
a) En la Arquidiócesis de Lima: en la Iglesia Basílica
Primada, cualquier día desde el 17 de mayo del año
2005 hasta el 27 de abril del año 2006;
b) En las otras circunscripciones eclesiásticas del Perú:
en la Iglesia Catedral, o la Iglesia designada debidamente por
el Ordinario para la utilidad de los fieles, cualquier sábado
o domingo, desde el día primero de octubre del año
2005 hasta el día 27 de abril del año 2006.
Los ancianos, enfermos y todos aquellos que por causa legítima
no puedan salir de su casa, podrán ganar la Indulgencia
Plenaria, siempre que, con el deseo se asocien a quienes realicen
la visita piadosa, teniendo el ánimo de detestar cualquier
pecado, como se ha dicho mas arriba, y tengan intención
de realizar cuando les sea posible las tres condiciones señaladas:
a) delante de una imagen piadosa, reciten devotamente la Oración
Dominical y el Símbolo de la Fe, añadiendo una piadosa
invocación en honor de Santo Toribio; b) o al menos si
ni siquiera pueden cumplir eso, ofrezcan humilde y confiadamente
al Dios de la Misericordia las enfermedades y las incomodidades
propias.
Podrán ganar Indulgencia Parcial los fieles cristianos
cada vez que con ánimo contrito, se dediquen a las obras
de misericordia, o de penitencia o de apostolado propuestas por
el Ordinario.
Sin que obste nada en contrario.
Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría Apostólica,
el día 26 de abril del año 2005.
Card. James Francis STAFFORD
Penitenciario mayor
Gianfranco GIROTTI, o.f.m. conv
Regente
|