| 1.
| Es
de aceptación universal que la familia es la célula de la sociedad
y ésta se basa en el matrimonio que es de derecho natural. |
| 2. | El
Artículo 234º del Código Civil peruano define al matrimonio
como la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer
legalmente aptos para ella, a fin de hacer vida común y sujetos a las disposiciones
del Código. |
| 3. | Esa
vida en común es la conformación de una familia a la que tenemos
que consolidar y fortalecer, en armonía con las normas y principios
proclamados en la Constitución Política del Perú. |
| 4. | La
misma Constitución en su artículo 4ª establece que la sociedad
y el Estado tienen como uno de sus lineamientos básicos la protección
de la familia y la promoción del matrimonio, reconociendo que estas
dos instituciones naturales son fundamentales en la sociedad. |
| 5. | No
podemos olvidar que nuestra Carta Magna consagra la defensa de la persona humana
y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Estado; pero
el ámbito natural para el desarrollo de la persona y su dignidad será
siempre la familia a la cual el Estado se ha comprometido a fortalecer. |
| 6. | La
expedición de normas como la que ha sido aprobada en primera votación
en el Congreso, llamada Divorcio Rápido, para nada consolida o fortalece
la familia, sino que por el contrario la debilita y propicia su ruptura o
separación. |
| 7. | El
matrimonio civil en el Perú es un acto contractual, cuya finalidad no es
sólo el nacimiento de derechos patrimoniales que pasan a un segundo plano
ante la importancia del nacimiento de una familia. El matrimonio civil antes
que disolverlo hay que fortalecerlo, y es por ello que el Ministerio Publico
forma parte de los procesos judiciales de separación convencional, porque
su finalidad es defender el matrimonio como institución estable
y por ello que se opone en estos procesos. La norma propuesta, pues, va contra
la Constitución del Estado porque no fortalece el matrimonio y la familia
sino que la debilita y no se piensa en el daño psicológico y
afectivo a los hijos. |
| 8. | El
verdadero matrimonio se basa, no sobre normas humanas que son cambiantes sino
sobre algo trascendente que es: el amor conyugal. ¿Qué
es este amor conyugal? No es sólo emoción, ni sólo sentimiento,
sino que es una relación personal específica entre un hombre y una
mujer que requiere entrega y donación recíproca durante toda la
vida. |
| 9. | Las
personas deben ser concientes de que ir al matrimonio y fundar una familia es
un acto muy serio y de gran responsabilidad, para el cual deben estar debidamente
preparados teniendo en cuenta que ese matrimonio debe ser estable y duradero.
|
| 10. | En
este sentido la estabilidad del matrimonio está basada en la madurez y
capacidad del ser humano para amar y ser amado. En esto mismo se basa también
la estabilidad de la familia la cual es la base de la sociedad y de la cual depende
la estabilidad social tan buscada por el ser humano. |
| 11. | Las
autoridades que buscan el bienestar, el desarrollo económico, emocional
y psicológico de sus miembros han de garantizar la estabilidad de la
familia y del matrimonio. |