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[ El Secretariado General ] [ Las Comisiones Episcopales ] [ La Asamblea Plenaria ] [ El Consejo Permanente ] [ El Consejo Económico ]
La Conferencia Episcopal Peruana, institución de carácter permanente, es la Asamblea de los Obispos del Perú que ejercen unidos algunas funciones pastorales respecto de los fieles de dicho país, para promover -conforme a la norma del Derecho- el mayor bien que la Iglesia proporciona a los hombres, sobre todo mediante formas y modos de apostolado convenientemente acomodados a las peculiares circunstancias de tiempo y de lugar.

La Conferencia Episcopal Peruana goza de personalidad jurídica, con capacidad para adquirir, retener, administrar y enajenar bienes y recibir ayudas del exterior. Tiene como sede la ciudad de Lima.

Son miembros de la Conferencia:
a)
b)
c)
Todos los Obispos diocesanos del territorio y quienes se les equiparen en el derecho;
Los Obispos Coadjutores y Auxiliares,
Los Obispos titulares que cumplen en el Perú una función peculiar por encargo de la Santa Sede o de la Conferencia Episcopal Peruana.
 
Son órganos de la Conferencia:
a)
b)
c)
d)
e)
La Asamblea Plenaria.
El Consejo Permanente.
Las Comisiones Episcopales, los Departamentos y otros Organismos.
La Secretaría General.
El Consejo Económico.
 
* (Extraído de los Estatutos y Reglamentos de la Conferencia Episcopal Peruana, publicados en el año 2003)
 
 
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